Alcalá la Real

El Ayuntamiento reduce a 2,6 días el período medio de pago de facturas

Es el consistorio de entre 20.000 y 30.000 habitantes de la provincia de Jaén que paga de forma más rápida

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Alcalá la Real es el municipio de 20.000 a 30.000 habitantes de la provincia Jaén que antes paga a proveedores, según se recoge en la web del Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España. El mismo fija en 2.6 días el período medio de pago a proveedores correspondiente al cuarto trimestre del año 2016.

El período medio de pago es un indicador que mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos.

Esta medición con criterios estrictamente económicos puede tomar valor negativo -como ha sucedido en más de un trimestre en las cuentas del Ayuntamiento de Alcalá la Real- si la administración paga antes de que hayan transcurrido treinta días naturales desde la presentación de las facturas o certificaciones de obra, según corresponda.

El alcalde de Alcalá la Real, Carlos Hinojosa, ha manifestado al respecto que “la realidad de las cuentas municipales arroja trimestre tras trimestre datos oficiales muy positivos, todo ello fruto del trabajo serio y riguroso del Gobierno municipal al cuidado del dinero de todos. Y estos datos positivos se alcanzan a pesar de los mensajes catastrofistas de la oposición, que una vez más se queda al descubierto y topa con la tozuda realidad”.

30 DÍAS PARA SU APROBACIÓN Y 30 PARA EL PAGO
Una factura tiene un plazo de 30 días para aprobar (reconocimiento de obligación) y 30 días más para su pago. El plazo cuenta desde la fecha de entrada de la factura hasta la fecha de pago, cumpliéndose el plazo de 30 días desde reconocimiento de la obligación hasta la fecha de pago.

El Ayuntamiento de Alcalá la Real calcula, emite al Ministerio de Hacienda y publica en su portal de transparencia el informe trimestral del período medio de pago a proveedores, con la finalidad de que la ciudadanía y sus proveedores conozcan el cumplimiento en plazo del pago de sus facturas previsto en la normativa.

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