Renfe e Iryo descartan compensar los retrasos derivados de las restricciones de velocidad

Ouigo mantiene su política de compensaciones

 Trenes. | Europa Press.
Trenes. | Europa Press.

Nuevo aviso para quienes viajan en alta velocidad: no todos los retrasos van a tener compensación. Renfe e Iryo han comunicado que dejarán fuera de su política de devoluciones las demoras que se originen por las limitaciones temporales de velocidad que está aplicando Adif en varias líneas.

El motivo de esas restricciones está ligado a los avisos que los maquinistas están notificando, lo que ha llevado al gestor de la infraestructura a reducir la velocidad por seguridad en determinados tramos.

En paralelo, Ouigo marca un camino distinto y mantiene sus reglas de compensación. Si hay retraso, habrá compensación, incluso cuando la causa sea esa bajada de velocidad. Conviene revisar el billete y el tiempo real de llegada para saber qué corresponde.

Qué está pasando con las limitaciones de velocidad

Renfe e Iryo sostienen que los retrasos vinculados a las restricciones de velocidad dictadas por Adif no entrarán en su esquema habitual de devoluciones. Esas limitaciones son temporales y se están aplicando en algunas líneas.

Según lo comunicado, el escenario se desencadena por los avisos que los maquinistas están reportando. Ante esas notificaciones, Adif impone una reducción de velocidad para operar con más margen de seguridad mientras se evalúa el estado de la vía.

Compensaciones: Ouigo frente a Renfe e Iryo

Ouigo, en cambio, mantiene intacta su política de compensación. Esto implica que, aunque el retraso llegue por esas limitaciones de Adif, la compañía entregará un vale de descuento del 50% del billete cuando el tren acumule al menos 30 minutos de demora.

Además, fuentes del operador han indicado a Europa Press que los viajeros de Ouigo tendrán reembolso del 50% a partir de 60 minutos de retraso y reembolso del 100% desde los 90 minutos.

En el lado opuesto, Renfe e Iryo han publicado avisos en sus páginas web para advertir de que las demoras provocadas por las restricciones de Adif (el gestor de las vías) no generarán derecho a indemnización.

En el caso de Iryo, el mensaje precisa que no se reembolsará ningún importe de los billetes adquiridos antes del 28 de enero si el tren sufre retrasos por esas limitaciones. En Renfe, esa fecha se sitúa a partir de este sábado, 31 de enero.

Facua y la normativa europea: el foco en el artículo 19

Esta semana, Facua-Consumidores en Acción ha señalado que las tres empresas deberían pagar las indemnizaciones por retrasos que fija la normativa europea, incluso cuando el origen sea la reducción de velocidad aplicada por Adif.

La organización defiende que estas limitaciones temporales no encajan en las excepciones previstas por la norma comunitaria, por lo que no deberían servir para eximir a las compañías de compensar al pasajero.

Facua cita el artículo 19: ante un retraso de entre 60 y 119 minutos, correspondería indemnizar con el 25% del precio del billete. Si el retraso es igual o superior a 120 minutos, la compensación subiría al 50%.

Con este cruce de criterios sobre la mesa, el viajero necesita comprobar la causa del retraso, guardar justificantes y revisar las condiciones de cada operador antes de iniciar una reclamación.

El origen: el accidente de Adamuz y las verificaciones nocturnas

El contexto se remonta al accidente del 18 de enero en Adamuz (Córdoba). A partir de ese episodio, los maquinistas han incrementado el número de incidencias comunicadas a Adif durante el paso por las vías.

Ese aumento de avisos ha empujado a Adif a actuar con más cautela: reducción de velocidad por seguridad y verificación del estado de la infraestructura por las noches, cuando no hay trenes en circulación.