El TSJA ratifica la condena por maltrato a una mujer en la Punta de San Felipe
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un hombre a seis meses de prisión por un delito de maltrato físico contra su expareja. Los hechos ocurrieron en la zona de la Punta de San Felipe, donde el acusado, con la colaboración de un segundo hombre —quien ha sido condenado a una multa de 360 euros—, arrastró a la víctima hasta la parte superior de unos locales hosteleros.
Según recoge la sentencia, los hechos tuvieron lugar en julio de 2023. La víctima, que se encontraba en el lugar con su nueva pareja, había consumido alcohol y fármacos, lo que provocó que su sistema nervioso central quedara "seriamente deprimido", dificultando su capacidad para hablar o mantenerse en pie. En este estado, los dos procesados la interceptaron, sujetaron y subieron a la fuerza por unas escaleras hacia la zona alta del paseo, a pesar de las súplicas de auxilio de la mujer, quien llegó a pedir ayuda a un joven presente en la zona gritando: "Ayúdame por favor, me están llevando, me han drogado".
La intervención de un vigilante de seguridad de un establecimiento cercano resultó crucial para evitar males mayores. Al escuchar los gritos de auxilio, el trabajador subió rápidamente las escaleras y sorprendió a los agresores cuando intentaban tumbar a la mujer sobre el muro de separación con la escollera. Tras la intervención del vigilante, uno de los acusados huyó del lugar, mientras que el otro permaneció allí. La víctima tuvo que ser bajada en brazos por el trabajador debido a su estado semiinconsciente y a la imposibilidad de caminar por sí misma.
El TSJA ha desestimado los recursos de apelación presentados tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, que buscaban una condena por un delito de tentativa de agresión sexual. El tribunal andaluz ha señalado que la sentencia de la Audiencia Provincial analizó "con detalle" la prueba practicada y expuso de forma "ordenada y fundamentada" las razones que generan las "dudas razonables" necesarias para descartar la condena por el delito contra la libertad sexual.
En su resolución, el Alto Tribunal andaluz indica que la sentencia original no adolece de falta de lógica ni de racionalidad justificativa. Por tanto, se mantiene la condena de seis meses de cárcel por maltrato para el principal acusado y la multa de dos meses, a razón de seis euros diarios, para el segundo implicado, quedando ambos absueltos del cargo de intento de agresión sexual al no haber quedado acreditados hechos que sustentaran dicha acusación.