Un tribunal impone un año y medio de prisión a una mujer por tráfico de drogas en una calle de la capital

La resolución revisa el fallo dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba y mantiene la pena principal de un año y seis meses de prisión
Sede TSJA en Granada | Europa Press
Sede TSJA en Granada | Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena impuesta a una mujer por un delito contra la salud pública relacionado con sustancias que causan grave daño a la salud, tras unos hechos ocurridos en una calle de la capital cordobesa.

La resolución revisa el fallo dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba y mantiene la pena principal de un año y seis meses de prisión. El tribunal, no obstante, introduce un ajuste en la sanción económica.

El TSJA ha rechazado el recurso de apelación presentado por la acusada y confirma la sentencia, con la precisión de que la multa conjunta queda fijada en 14,42 euros, conservando la misma responsabilidad personal subsidiaria ya establecida. Contra esta decisión cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

  1. Resolución del TSJA y alcance del fallo
  2. Hechos probados en Córdoba: entrega de pastillas
  3. Análisis, sustancias y valor en el mercado ilícito
  4. Intervención posterior y comprimidos de Lexatin
  5. Penas, multa y responsabilidad subsidiaria

Resolución del TSJA y alcance del fallo

El Alto Tribunal andaluz ha desestimado la apelación interpuesta por la condenada y ha respaldado la decisión de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba. La sentencia confirmada se refiere a un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que provocan grave daño a la salud.

En su pronunciamiento, el TSJA mantiene la condena de prisión y el resto de extremos principales, aunque concreta un cambio en la multa. La resolución también deja abierta la posibilidad de acudir al Tribunal Supremo (TS) mediante recurso de casación.

Hechos probados en Córdoba: entrega de pastillas

El tribunal da por acreditado que los hechos se produjeron sobre las 12,35 horas del 7 de noviembre de 2022. En ese momento, la procesada fue observada por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía mientras realizaba una entrega a cambio de dinero.

Según se considera probado, la mujer entregaba cinco pastillas de sustancia estupefaciente a D.R.M.J. cuando ambos se encontraban en una calle de la capital cordobesa. Ese avistamiento motivó la actuación policial inmediata.

Análisis, sustancias y valor en el mercado ilícito

Tras el análisis correspondiente, las pastillas intervenidas resultaron ser 0,9 gramos de metadona. La resolución sitúa el valor de esa sustancia en el mercado ilícito en 28,85 euros.

Estos datos, recogidos en la sentencia confirmada, se incorporan al relato de hechos como parte del material incautado en el momento de la entrega. El importe fijado para la sustancia tiene reflejo directo en la sanción económica impuesta.

Intervención posterior y comprimidos de Lexatin

A raíz de lo observado, los agentes de la Policía Nacional interceptaron a la acusada. Durante la intervención, localizaron entre sus pertenencias, en el interior del vehículo en el que residía, una caja con 60 comprimidos de Lexatin.

El análisis determinó que dichos comprimidos eran bromazepam, con un peso total de 12 gramos. La resolución añade que el contenido de principio activo, según Vademecum, es de 1,5 miligramos/comprimido.

En este punto, los jueces señalan que no consta que esos comprimidos estuvieran en poder de la acusada con intención de venta o de entrega a terceras personas. Ese extremo queda reflejado de forma expresa en el fallo.

Penas, multa y responsabilidad subsidiaria

Además de la pena de un año y seis meses de prisión, la sentencia impuso inicialmente una multa de 28,85 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad en caso de impago, y el abono de las costas procesales.

El TSJA, al confirmar el fallo, establece que la pena conjunta de multa queda finalmente en 14,42 euros, manteniendo la responsabilidad personal subsidiaria fijada. La resolución indica asimismo que cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).