El Tribunal Eclesiástico de Córdoba resuelve 35 causas en 2025, la mayoría por nulidad matrimonial

El Tribunal Eclesiástico de Córdoba inaugura el Año Judicial con un acto presidido por el obispo.
La apertura del Año Judicial del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Córdoba ha servido para presentar el balance de 2025, ejercicio en el que se admitieron 33 causas de nulidad matrimonial y se dictaron 35 sentencias, la mayoría favorables a la declaración de nulidad.

El Palacio Episcopal acogió este martes la inauguración del Año Judicial del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Córdoba, en un acto presidido por el obispo Jesús Fernández. La sesión sirvió para presentar la memoria anual y detallar la actividad desarrollada durante 2025.

El vicario judicial, Domingo Moreno, fue el encargado de exponer el informe. Según explicó, el Tribunal ha mantenido la dinámica iniciada tras la entrada en vigor del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, que reformó los procesos de nulidad matrimonial para hacerlos más ágiles.

Balance de causas

Durante 2025 se presentaron y admitieron 33 causas de declaración de nulidad matrimonial. En ese mismo periodo se resolvieron 35 procedimientos mediante sentencia judicial:

  • 27 fallos favorables a la declaración de nulidad.

  • 8 sentencias en favor del vínculo matrimonial, de las cuales seis están actualmente recurridas en apelación.

Los principales motivos alegados en las causas fueron el grave defecto de discreción de juicio y la incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio, recogidos en el canon 1095 del Código de Derecho Canónico.

Plazos ajustados al Derecho Canónico

Moreno destacó que, en términos generales, el Tribunal ha cumplido con el plazo establecido en el canon 1473 del Código de Derecho Canónico, que insta a que las causas no superen el año en primera instancia. Aunque algunos procedimientos se han prolongado dos o tres meses por factores externos —como demoras de las partes o exhortos a otras diócesis—, otros se han resuelto en nueve o diez meses. La media anual se sitúa en torno a los doce meses.

Gratuidad y exenciones

En el acto también se abordó la aplicación de la gratuidad del proceso, conforme a las recomendaciones de Mitis Iudex. En 2025 se concedió una exención total con patrocinio gratuito en una causa, mientras que en otras tres se aplicó una reducción parcial de los costes, tanto en los honorarios de abogados como de peritos.

Lección inaugural y presencia institucional

La jornada incluyó la lección inaugural, impartida de forma telemática por Antonio José Díe López, juez auditor del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España, bajo el título “La prueba pericial en la incapacidad consensual (c. 1095, 3º CIC)”.

El acto contó con la presencia de responsables eclesiásticos y representantes del ámbito judicial civil, entre ellos el presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba y el decano del Colegio de Abogados de Córdoba.

La inauguración marca así el inicio formal del nuevo curso judicial eclesiástico, con el objetivo —según subrayó el vicario judicial— de seguir reforzando la formación jurídico-canónica y garantizar una administración de justicia rigurosa y ágil.