La defensa del fiscal general presenta pericial que no logra determinar si borró mensajes clave

Afirma que no hay "trazas técnicas" que permitan saber "qué mensajes fueron borrados, cuándo se realizó la eliminación o a qué conversación pertenecían"

El fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz | Eduardo Parra / Europa Press
El fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz | Eduardo Parra / Europa Press

La Abogacía del Estado, representando al fiscal general Álvaro García Ortiz, ha presentado un informe pericial durante el juicio que se sigue en el Tribunal Supremo contra él. El documento sostiene que "no es posible determinar" si el fiscal borró mensajes relevantes de su teléfono móvil el 16 de octubre de 2024, fecha en la que se inició la causa en el alto tribunal.

En este informe, los peritos afirman que "no puede afirmarse que el presunto borrado producido el día 16 de octubre afecte a mensajes correspondientes a los días 13 y 14 de marzo de 2024", centrándose en esos días considerados clave para el supuesto delito de filtración que se investiga en el juicio.

García Ortiz está acusado de presuntamente filtrar, la noche del 13 de marzo de 2024, un correo electrónico que la defensa de Alberto González Amador – pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso – envió a Fiscalía el 2 de febrero. En dicho correo se proponía que su cliente admitiera dos delitos fiscales investigados a cambio de un acuerdo que evitaría la prisión.

El fiscal general enfrenta una posible condena de seis años de prisión y doce años de inhabilitación. Al comenzar el juicio, la Abogacía del Estado solicitó incorporar el informe pericial para apoyar la defensa de que García Ortiz no eliminó los mensajes de su dispositivo el día en que se abrió el procedimiento. El tribunal, presidido por Andrés Martínez Arrieta, aceptó la propuesta.

Argumentos técnicos sobre la supuesta eliminación de mensajes

El informe expone que no es posible confirmar si el 16 de octubre de 2024 "se eliminó efectivamente algún mensaje" del móvil del fiscal general, ya que podrían tratarse de mensajes borrados anteriormente y que no son recuperables por métodos técnicos. También apunta que no se puede determinar la cantidad de mensajes supuestamente eliminados ni establecer cuándo fueron enviados o recibidos.

Los peritos fundamentan estas conclusiones en el análisis del informe policial, donde no existen evidencias verificables que ratifiquen la existencia previa de mensajes que hubieran sido borrados ese día.

Implicaciones de las versiones del informe y las investigaciones policiales

En el auto de procesamiento, el juez instructor Ángel Hurtado consideró el supuesto borrado de correos electrónicos y mensajes de WhatsApp como uno de los indicios contra el fiscal, destacando el obstáculo que esto supuso para la investigación. La Sala de Apelación confirmó dicho procesamiento y valoró el borrado como un factor relevante en la acumulación de indicios. Según los magistrados, "es de común experiencia que un borrado de datos se hace de elementos que puedan resultar desfavorables".

Los peritos de la defensa recalcan que, en caso de haberse borrado mensajes, esto pudo ocurrir poco después de las conversaciones cuestionadas, justo como sostiene García Ortiz. No hay evidencia técnica en el informe policial que confirme ni desmienta esta posibilidad.

Asimismo, detallan que en WhatsApp existen varias modalidades de eliminación, cada una con efectos técnicos diferentes. Pueden clasificarse en dos grandes grupos: borrado individual de mensajes y borrado general de conversaciones, incluyendo opciones como "eliminar para mí", "eliminar para todos", "vaciar chat" o "eliminar chat".

Los informes señalan que WhatsApp no genera registros permanentes que permitan saber qué mensajes fueron borrados, en qué momento o a qué chat pertenecían. Esto impide verificar si un chat que fue vaciado contenía mensajes de fechas específicas, y si esos mensajes fueron eliminados anteriormente.

Por ello, los peritos afirman que "no puede afirmarse que el supuesto borrado producido el día 16 de octubre de 2024 afecte a mensajes correspondientes a los días 13 y 14 de marzo de 2024, ni siquiera que dichos mensajes existieran". Esta limitación es "inherente al funcionamiento de la aplicación", que no mantiene registros persistentes de las operaciones de borrado realizadas por los usuarios.

Durante la quinta jornada del juicio, los dos expertos ratificaron su informe ante el tribunal. Uno de ellos expresó que "es totalmente imposible determinar qué mensajes se han borrado, cuántos mensajes se han borrado y las fechas de los mensajes".

Estas declaraciones contrastan con la versión de los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, quienes han asegurado en la misma sesión que el 16 de octubre, entre las 15:01 y las 15:03 horas, se realizó el "borrado o vaciado" de mensajes de WhatsApp en el teléfono del fiscal general.