El Gobierno activa la declaración de zona catastrófica por las borrascas en 13 comunidades

Parcelas de Guadalvalle inundadas tras las borrascas
A los territorios que padecieron emergencias de protección civil entre el 10 de febrero y el 30 de marzo de 2026, cuando se tomó un total de 42 episodios catastróficos

El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración de Zona Afectada Gravemente por Emergencias de Protección Civil para los territorios que sufrieron emergencias entre el 10 de febrero y el 30 de marzo de 2026. Durante este periodo, se registraron un total de 42 episodios catastróficos que han motivado esta declaración, que permite activar ayudas oficiales y medidas de recuperación.

Entre los fenómenos incluidos destacan las consecuencias provocadas por las borrascas Nils y Therese, así como el incendio forestal ocurrido en Sierra Espuña (Murcia), que arrasó más de 400 hectáreas, tal y como ha señalado la portavoz del Ejecutivo y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Las comunidades autónomas afectadas son Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Extremadura, Galicia, Baleares, Canarias, La Rioja, Murcia y País Vasco. Estas regiones comunicaron diversas activaciones de sus planes autonómicos de protección civil al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) como respuesta a las mencionadas borrascas y otras emergencias.

Además de fenómenos meteorológicos, se incluyen episodios derivados de incendios en instalaciones industriales, accidentes en el transporte de mercancías peligrosas, otros incidentes industriales y episodios de contaminación que también exigieron la movilización de servicios de emergencia.

Es importante destacar que entre los 42 episodios se consideran dos casos de las provincias de Burgos y León que, aunque sucedieron en un periodo anterior al 10 de febrero, fueron comunicados con posterioridad al CENEM. El Gobierno ha decidido su inclusión para "garantizar la adecuada cobertura de los territorios afectados en fase de recuperación de la emergencia, dado que cumplen con los criterios pertinentes".

Ayudas y medidas contempladas en la zona afectada

Esta declaración permite la puesta en marcha de ayudas que cubren daños personales y materiales en viviendas y enseres, así como daños en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. También considera bienes propiedad de las corporaciones locales y apoya a personas físicas o jurídicas que hayan ofrecido recursos personales o materiales para atender la emergencia.

Además, la aprobación habilita a otros departamentos ministeriales para crear y ejecutar ayudas adicionales, incluyendo la declaración de zonas de actuación especial dentro de los ámbitos competenciales específicos.

Entre las posibles ayudas, destaca la posibilidad de beneficios fiscales gestionados por el Ministerio de Hacienda, como la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas. "Como es habitual, estas ayudas estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas", ha señalado la portavoz gubernamental.

En materia laboral, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán implantar medidas como bonificaciones y exenciones en las cuotas de la Seguridad Social, facilitando así la recuperación económica y social en las zonas afectadas.

Por su parte, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática podrá gestionar ayudas directas a las corporaciones locales, con una financiación de hasta el 50% para proyectos dirigidos a reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales dañados por las emergencias.

Asimismo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tendrá la capacidad de conceder subvenciones destinadas a compensar los daños ocasionados en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y acuícolas, contribuyendo a la reparación del sector primario afectado.

Finalmente, el Ministerio del Interior estudia la aprobación de una exención de tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, aplicable en trámites como duplicados de permisos de circulación o conducción, bajas de vehículos siniestrados y la expedición del DNI, facilitando los procesos administrativos para los ciudadanos afectados.