El Tribunal Supremo decide este jueves sobre la continuidad de Ábalos y Koldo en prisión
El Tribunal Supremo prevé examinar este jueves los recursos presentados por el exministro José Luis Ábalos y por su exasesor Koldo García contra la decisión de enviarlos a prisión provisional. La medida se adoptó por un riesgo "extremo" de fuga, en un momento marcado por la cercanía del juicio por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia.
La revisión se tramitará en la Sala de lo Penal, que ha fijado dos vistas consecutivas para estudiar las impugnaciones de ambos investigados. El análisis de estos recursos llega después de que el instructor acordara la entrada en prisión provisional, comunicada y sin fianza.
En paralelo, el procedimiento incluye también al empresario Víctor de Aldama, tercer procesado por las mascarillas, en una causa en la que ya constan solicitudes de pena elevadas tanto por parte de la Fiscalía como de las acusaciones populares.
- Vistas en la Sala de lo Penal este jueves
- Planteamiento del recurso de José Luis Ábalos
- Argumentos del recurso de Koldo García y peticiones de pena
Vistas en la Sala de lo Penal este jueves
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha programado dos vistas para resolver los recursos. A las 10.30 horas estudiará el de Ábalos y, media hora más tarde, abordará el de Koldo.
En el caso de Ábalos, la vista deberá celebrarse con la intervención de su exabogado Carlos Bautista. Este letrado renunció a continuar con la defensa por "diferencias contractuales", pero el magistrado instructor ordenó su asistencia, salvo que solicite que no se celebre la vista.
Planteamiento del recurso de José Luis Ábalos
Ábalos y Koldo recurrieron la decisión adoptada el pasado 27 de noviembre por el magistrado instructor del 'caso Koldo', Leopoldo Puente, que acordó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.
En su recurso, al que tuvo acceso Europa Press, el exministro de Transportes atribuye al instructor un "uso irrazonable del derecho" por ordenar su encarcelamiento con una "base de vaguedades y excusas procesales".
La defensa solicita a la Sala de lo Penal su puesta en libertad, al considerar que no existe riesgo de fuga. También sostiene que, "ante la ausencia de cualquiera de las finalidades propias de la prisión provisional, resulta inevitable no pensar en que la medida cautelar únicamente tiene como objetivo fomentar una declaración colaborativa al estilo de" la del empresario Víctor de Aldama, "tras su paso por un centro penitenciario".
Según el escrito, el instructor habría restado valor a la "realidad de los vínculos laborales, familiares y sociales" de Ábalos. En ese sentido, se menciona que tiene un "hijo menor que está a su cargo los fines de semana" y que el exministro "tiene residencia fija en territorio español, sobradamente conocida por todos".
El recurso insiste en el carácter excepcional de cualquier privación cautelar de libertad y en la necesidad de explorar medidas menos restrictivas. "Toda privación de libertad cautelar se sujeta al principio de excepcionalidad, siendo prioritaria la exploración de alternativas menos restrictivas. Cuando se pasa de una situación a otra sobre la base de vaguedades y excusas procesales, no se está respetando el artículo 17 de la Constitución española. El riesgo de fuga debe ser real, palpable y reconocible por cualquier tercero, incluso lego en derecho", indica.
En la misma línea, se añade que "cuando se aleja la medida adoptada de los límites del sentido común, se acerca a un uso irrazonable del derecho, que es, cabalmente, lo que aquí ha ocurrido".
Argumentos del recurso de Koldo García y peticiones de pena
Por su parte, Koldo pide al Supremo su salida de prisión y se ofreció a abonar una fianza para quedar en libertad. La defensa afirma que el incremento patrimonial estaría "justificado" por sus ingresos y critica que el auto de prisión provisional "asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo".
En su escrito, la defensa descarta un riesgo de obstrucción, alegando que "las fuentes de prueba ya han sido recabadas y formalizadas". También niega la posibilidad de reiteración delictiva, al señalar que "los hechos imputados están circunscritos a un contexto temporal y funcional específico (su posición como asesor de un aforado), del que ya se encuentra apartado por lo que la reiteración sería de todo punto imposible".
El recurso añade que el magistrado hace referencia a "una supuesta ingente cantidad de dinero no encontrada sin sustento probatorio y silenciando el reembolso de gastos de la Secretaría de Organización del PSOE" por importe de 127.000 euros "en los años analizados".
Sobre ese punto, la defensa expone: "Corroborado por dos testigos que por separado afirmaron que mi mandante era el responsable del manejo de ese efectivo procedente del PSOE, y por tanto de origen legal para él, lo que explicaría la procedencia del dinero utilizado por mi mandante".
También se alude a la manifestación de Aldama sobre supuestos pagos periódicos, indicando que la afirmación de que entregaba 10.000 euros mensuales a Koldo no cuenta con "corroboración patrimonial alguna ni ninguna otra prueba más allá de su simple declaración".
Asimismo, García recuerda que adelantaba gastos al exministro y que esos importes "eran reembolsados posteriormente por transferencia bancaria o en persona, método de compensación a través de sobres (utilizando tres sobres para diferenciar los gastos del Ministerio, del partido y los personales de Ábalos)".
El escrito sostiene además que "ha quedado acreditado" que el "esfuerzo económico real" de Koldo y su expareja Patricia Uriz, investigada en la Audiencia Nacional, "que sí ha sido justificado con ingresos y ahorros lícitos, se redujo a 98.421 euros". Añade que esa cantidad sería "el único capital propio que debe ser objeto de justificación de origen, quedando el resto cubierto por la deuda legalmente contraída".
La defensa subraya igualmente el "fuerte arraigo personal y familiar, injustamente desestimado". En ese apartado, indica que vive "con su hija menor de cinco años y atiende a su madre viuda de 86, impedida y necesitada de cuidados básicos para poder desenvolverse en el día a día", lo que considera "un contrapeso" en la valoración del riesgo de fuga.
En el plano de las penas solicitadas, la Fiscalía reclama 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo y siete años para Aldama. Por su parte, las acusaciones populares, lideradas por el PP, piden 30 años de cárcel para el exministro y su exasesor, y para el empresario solicitan la misma pena que el Ministerio Público.