El juzgado de Guadix dicta devolver lo abonado por un sistema de guiado agrícola que no funcionó

La sentencia del juzgado de Guadix obliga a la empresa vendedora a devolver al comprador 6.140 euros, además de los intereses y de asumir las costas judiciales
Un agricultor en su tractor en imagen de archivo. | Europa Press.
Un agricultor en su tractor en imagen de archivo. | Europa Press.

El Tribunal de Instancia de Guadix, en Granada, ha condenado a una empresa a reembolsar 6.140 euros a un agricultor por la venta de un sistema de automatización para tractores que no funcionó correctamente. La sentencia resuelve el contrato de compraventa tras constatar que el dispositivo, destinado a la conducción autónoma mediante GPS, no cumplió con la función para la que fue adquirido.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha informado que el juzgado declaró la resolución del contrato al considerar probado que el sistema no operaba eficazmente, frustrando el propósito del comprador, quien además verá reconocidos los intereses correspondientes y la asunción de las costas judiciales por parte de la empresa vendedora.

La demanda surge a raíz de la adquisición de un kit de autoguiado agrícola, que prometía permitir al tractor realizar recorridos automáticamente con precisión, incluso en condiciones adversas de visibilidad y sin intervención continua del conductor. Pese a múltiples intentos de configuración durante un año y sustitución de componentes, el equipo nunca funcionó como se esperaba.

El juzgado acreditó que ni el software ni los componentes asociados lograron realizar la función básica de guiar el tractor de manera autónoma, lo que llevó al comprador a solicitar la anulación del contrato y la devolución del dinero.

Fallas en la instalación y soporte técnico insuficientes

Uno de los elementos clave de la sentencia es que, aunque el kit era autoinstalable y tenía soporte remoto, y se promocionaba como compatible con todos los modelos de tractor, no se puede culpar al comprador por un mal funcionamiento derivado de una instalación incorrecta. La empresa no proporcionó instrucciones claras ni apoyo técnico suficiente, y ni siquiera existían tutoriales, preguntas frecuentes o un apartado para resolver problemas de instalación, limitándose a enviar fotografías de otras instalaciones como guía.

"Es más, ni siquiera existen, ni tampoco tutoriales, o ni siquiera existe un apartado FAQ de preguntas más frecuentes en fallos de instalación ni se da soporte a la misma y las supuestas instrucciones son simples fotos de otras instalaciones", señala el fallo judicial.

La sentencia recuerda que no se puede exigir al comprador conocimientos técnicos o de ingeniería para la instalación, puesto que el producto no requirió tal expectativa. De hecho, incluso un ingeniero técnico agrícola no pudo lograr que el sistema funcionase tras ser configurado por la propia empresa.

Evaluación técnica y calidad del producto

El juez destaca que no se discute que otros productos similares del mismo vendedor pueden funcionar correctamente. Sin embargo, en este caso, no se verificó si la unidad en cuestión presentaba alguna anomalía específica. No existe documentación técnica que demuestre el correcto funcionamiento del sistema en diversos modelos de tractor, ni informes que acrediten que el problema detectado en esta unidad no se repite en otras unidades idénticas. La perito designada por la empresa demandada no aportó evidencia suficiente al respecto.

Tampoco se exige que el comprador repita indefinidamente la instalación o las configuraciones remotas, cuando no se ha identificado el fallo ni auditado el software por parte del vendedor para detectar posibles causas de defectos. El informe técnico del vendedor se centró en un sistema distinto instalado en otro tractor, lo que redujo la validez de la prueba para este caso.

La empresa vendedora carece de protocolos para testeo, auditoría y gestión de calidad que cumplan con estándares o normas armonizadas, lo que refleja una falta de diligencia en su política de mejora continua y seguridad del producto.

Implicaciones legales y contractuales del fallo

El tribunal subraya que este tipo de productos tecnológicos se venden no por el esfuerzo del fabricante, sino por los resultados que ofrecen. Al no poder cumplir con la función para la que fue adquirido, se produjo un incumplimiento esencial del contrato, ya que el comprador no obtuvo lo razonablemente esperado.

Finalmente, el TSJA indica que la resolución dictada por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Guadix no es definitiva y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Granada.