Un juez condena a una pareja por malos tratos tras una discusión el día de fin de año
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a una pareja por un delito de malos tratos ocurrido en su domicilio en Jerez en la mañana de fin de año de 2020. Los condenados han recibido penas de prisión de nueve meses para él y diez meses para ella tras los hechos acontecidos durante una discusión que terminó con agresiones mutuas.
La pareja llevaba conviviendo en el mismo hogar en Jerez desde hacía unos dos años. Esa mañana de fin de año, al despertar, ella observó que el hombre no estaba en la vivienda y trató de localizarlo llamando a su teléfono móvil y al de un amigo con el que desayunaba, "exigiéndole que regresara a casa".
Al volver él al domicilio, se originó una discusión acalorada durante la cual le pidió que subiera a la habitación para que "recogiera sus cosas y se marchara". Según la resolución judicial, ya en la habitación, él estaba inclinado sobre la cama y ella, desde atrás, le increpó. Con la intención de separarse, él empujó su cuerpo hacia atrás, impactando con el cuerpo de ella, lo que provocó que ella cayera contra un armario y que la puerta cediera hacia dentro, causando su caída al suelo.
Tras la caída, el hombre se giró para ayudarla a levantarse mientras le pedía perdón y aseguraba que había sido un accidente, una escena que fue presenciada por la hija de ella que acudió alertada por el ruido producido al romperse la puerta del armario.
Posteriormente, ambos descendieron a la planta baja, donde se encontraba el amigo del hombre, y "aunque ella, pese a la determinación de él, ya no quería que abandonara la vivienda, finalmente lo hizo, no sin antes recibir de ella un bofetón en el rostro", hecho que también fue presenciado por las personas presentes.
Detalles del fallo y antecedentes judiciales
La sentencia condenatoria establece que tanto él como ella son responsables del delito de malos tratos, imponiéndoles penas de prisión de nueve meses para él y diez para ella. Además, ella presentó una denuncia por un posible caso de agresión sexual que supuestamente ocurrió tres meses antes, cuando mantuvieron relaciones sin su consentimiento. Sin embargo, el hombre fue absuelto de esta acusación debido a que no se acreditó durante el proceso judicial.
Ambas partes presentaron recursos ante el TSJA, los cuales fueron desestimados, ratificando así la condena inicial. Esta decisión respalda la valoración de los hechos tal y como fueron plasmados en la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz.